Articulo 8. Fracción IV, Inciso h

Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados

Última modificación: 08/05/2026

Nota: La información relacionada con los Programas Operativos Anuales no se genera a raíz de la reforma del 14 de diciembre del 2013 a la Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y su Municipios.

Los artículos modificados son el 2 bis, fracción I, inciso d y f, 15, 18, fracción VI; 20, fracción V; 20 bis; 21, fracción III; 22, fracción II; 76, fracción II, inciso a; y 78-C. A partir de entonces, los programas operativos anuales son sustituidos por las Matrices de Indicadores para Resultados (MIR), las cuales se encontrarán fundamentadas en dicha normatividad y en el artículo 39, fracción III y V de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco, reformada el 22 de febrero del 2014.

A partir del Ejercicio 2021, esta Secretaría Ejecutiva, presenta dos Matriz de Indicadores de resultados «MIR», la cual se encarga de evaluar los siguientes programas presupuestarios:

La primera en relación con la “Administración presupuestaria, la rendición de cuentas y transparencia de la información” y la segunda en relación al “Programa para el fortalecimiento del Sistema Estatal Anticorrupción”

826-Programa de desarrollo institucional 

926-Programa de fortalecimiento a la coordinación y eficacia del Sistema Estatal Anticorrupción

Nota:  “A partir de 2026 la Secretaría Ejecutiva cuenta con Tablero de Indicadores de Gestión acorde a lo dispuesto por la Secretaría de la Hacienda Pública”.

Matriz de Indicadores de Resultados