Recomendaciones del Comité Coordinador

La emisión de recomendaciones públicas no vinculantes es una facultad que posee el Comité Coordinador del SEAJAL, de acuerdo con el Artículo 107 Ter, párrafo tercero, Fracción III, inciso e) de la Constitución Política del Estado de Jalisco, y el Artículo 8, Fracción IX de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Jalisco.


Criterios para determinar la conclusión de las recomendaciones no vinculantes del Comité Coordinador
          ⇛Clasificación de respuestas y criterios para determinar la conclusión de las recomendaciones no vinculantes del Comité Coordinador


🡪Recomendaciones 2022

     ⇒R.CC.SEAJAL.2022.01

          ⇛Para la instalación y funcionamiento de los Sistemas Municipales Anticorrupción


🡪Recomendaciones 2020

     ⇒R.CC.SEAJAL.2020.01

          ⇛Para completar y fortalecer la defensoría de oficio (defensoría pública) en los procedimientos de responsabilidades administrativas

     ⇒R.CC.SEAJAL.2020.02

          ⇛Fortalecimiento institucional de la Contraloría Social en los municipios del estado de Jalisco


🡪Pronunciamientos 2020

    ⇒Pronunciamiento del Comité Coordinador

          ⇛Puntos cruciales y buenas prácticas para mitigar los riesgos de corrupción


🡪Recomendaciones 2018

    ⇒R.CC.SEAJAL.2018.01

          ⇛Sobre la elección de Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa

    ⇒R.CC.SEAJAL.2018.02

          ⇛Fortalecimiento institucional de los Órganos Internos de Control

    ⇒R.CC.SEAJAL.2018.03

          ⇛Reforma normativa a la Fiscalía General  del Estado de Jalisco