
Normatividad
- Ley General de Responsabilidades Administrativas
- Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento del Comité de Ética, Conducta Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Jalisco
- Código de Ética para las Personas Servidores Publicas de la SESAJ
- Código de Conducta de la SESAJ
El Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés, es un órgano colegiado responsable de vigilar y garantizar el Cumplimiento del Código de Ética y de Conducta, así como desempeñar acciones de difusión, capacitación, y salvaguardar los principios y valores que deben regir a las personas servidores públicos.
Quienes forman parte el Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés, tienen el compromiso a dirigir su desempeño con principios y valores éticos, preservando el servicio público y la prevención permanente de los conflictos de interés. Adoptando medidas de prevención y fomentando una actitud de calidad hacia el Servicio Público de nuestra institución y al público en general.
Principales funciones del Comité de Ética:
- Vigilar el cumplimiento de los principios, valores y reglas de integridad contenidos en el Código de Ética y Conducta.
- Asesorar en asuntos éticos, de conducta y de prevención de conflictos de interés.
- Garantizar la difusión y capacitación permanente de las y los servidores públicos.
- Recibir, atender y resolver denuncias por transgresión a principios, valores y reglas de integridad que se promuevan en contra de las y los servidores públicos.
- Elaborar el Código de Ética y Conducta conforme a los cuales se salvaguarden los principios, valores y reglas de integridad.
El Código de Ética tiene por objeto constituirse en un elemento fundamental de la política de integridad que debe regir el desempeño de las personas servidores públicas de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Jalisco.
Quienes integran El Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés:

Lic. Miguel Navarro Flores
Vocal EjecutivoTitular de la Unidad de
Transparencia
miguel.navarro@sesaj.org

Dra. Blanca Fátima del Rosario Hernández Morales
VocalDirectora de Coordinación Interinstitucional
fatima.hernandez@sesaj.org

Ing. Rosario Galilea Granados Escobar
VocalJefa de Desarrollo de Software BackEnd
galilea.granados@sesaj.org

Mtro. Ezequiel González Pinedo
Invitado PermanenteTitular del Órgano Interno de Control
ezequiel.gonzalez@sesaj.org

Lic. José Antonio Murillo Gladin
Invitado PermanenteCoordinador de Asuntos Jurídicos
antonio.murillo@sesaj.org
Como Presentar una denuncia ante el Comité de Ética:
Cualquier persona servidora pública que forma parte de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Jalisco, tiene el derecho de denunciar posibles actos que transgredan lo previsto en el Código de Ética y Conducta de este sujeto obligado.
Las denuncias podrán recibirse por escrito o vía correo electrónico ante la persona que funja como Vocal Ejecutivo del Comité.
En caso de presentarse vía correo electrónico lo podrán hacer remitiéndolo al correo institucional de la persona en funciones de Vocal Ejecutivo o al correo del Comité de Ética.
El escrito de denuncia deberá contener lo siguiente:
- Nombre de la persona (opcional) que presenta la denuncia o en su caso también puede ser anónima;
- Medio para recibir notificaciones, en caso de requerirse, que puede ser un domicilio ubicado en la zona metropolitana de Guadalajara o dirección de correo electrónico;
- Relato de los hechos aportando la mayor cantidad de detalles posibles sobre la presunta transgresión a los principios y valores del Código de Ética y/o el Código de Conducta, especificando las circunstancias sobre cuándo sucedieron los hechos; lugar donde sucedieron; y cómo sucedieron;
- Datos que identifiquen a la persona servidora pública de la Secretaría involucrada; Elementos que ayuden a probar la supuesta conducta transgredida que se denuncia;
- – Presentar la denuncia vía correo electrónico a: comitedeetica@sesaj.org
- 3.- Ratificar por escrito la denuncia ante la secretaria del Comité
Las personas servidores publicas integrantes del Comité de Ética, deberán salvaguardar la información y documentación a la que tengan acceso con motivo del ejercicio de sus funciones que contenga información confidencial, de conformidad con la normativa de la materia; igualmente, se deberán abstener de utilizar o divulgar la información referida en beneficio propio o de intereses ajenos, aun cuando haya concluido su participación en el Comité.